Una empresa de telefonía celular deberá indemnizar a una vecina de Junín de los Andes a la que le asignaron cuatro líneas que nunca contrató. La mujer realizó reiterados reclamos durante más de un año, envió cartas documento e incluso acudió a la Justicia para conseguir que los servicios fueran dados de baja. La Cámara de Apelaciones 2 confirmó la condena y mantuvo la aplicación de daño punitivo.
El conflicto comenzó en 2023, cuando la clienta contrató dos líneas telefónicas. Poco después, la empresa le adjudicó otras dos sin su consentimiento. Ante la falta de respuestas, inició reclamos presenciales y por internet, remitió cartas documento y participó de cuatro audiencias en el Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones
Como no consiguió una solución, presentó una acción de hábeas data para que se corrigieran los registros y se retiraran de su nombre los servicios que no había solicitado.
Durante el trámite judicial, la compañía dio de baja las líneas cuestionadas. Sin embargo, pocos días después volvió a asignarle otras dos líneas distintas sin autorización.
La compañía argumentó que el error se había producido porque otra clienta de Mendoza, que sí había solicitado las líneas, tenía el mismo nombre que la demandante.
El juez Santiago Montórfano consideró acreditado que la mujer había realizado numerosos reclamos sin obtener una respuesta efectiva. También cuestionó el tiempo que demoró la empresa en corregir los errores: alrededor de un año para solucionar el primer inconveniente y otros dos meses para resolver el segundo.
En su resolución, el magistrado sostuvo que la prestadora mantuvo una actitud pasiva frente a los pedidos de la usuaria y la obligó a recurrir a la vía judicial para defender sus derechos.
Además de ordenar una indemnización, el juez aplicó daño punitivo, una sanción económica prevista en la legislación de defensa del consumidor para determinadas conductas especialmente graves.
