El Gobierno provincial neuquino aplicó una multa a la empresa Movistar por infringir el artículo 8 Bis de la Ley Nacional de Defensa del Consumidor N° 24.240, referido al derecho de los consumidores y usuarios a recibir un trato digno y equitativo.

La actuación se inició a partir de los reiterados reclamos de vecinos y usuarios de las localidades de Caviahue, Loncopué y El Huecú, quienes denunciaron constantes intermitencias y deficiencias en los servicios de telefonía e internet.

A partir de estas situaciones, la dirección provincial de Protección al Consumidor realizó una inspección de oficio y llevó adelante distintas actas de constatación en las localidades afectadas y durante el relevamiento se verificó que el servicio se prestaba de manera deficiente y, en algunos casos, resultaba nulo.

Entre las dificultades manifestadas por las personas afectadas se encontraban la imposibilidad de utilizar billeteras virtuales, realizar comunicaciones ante situaciones de inseguridad, desarrollar actividades laborales y comerciales o acceder a servicios vinculados al turismo.

Además, se constató que, ante la falta de conectividad, los usuarios tampoco podían comunicarse a través de los canales telefónicos dispuestos para realizar reclamos