El Concejo Deliberante de San Martín de los Andes aprobó la ordenanza que crea el Programa de Promoción y Prevención Comunitaria en Salud Mental “Redes que Cuidan” que fue presentado por la concejal Sol Petagna del bloque PRO-NCN.

El programa busca fortalecer las capacidades de la comunidad para reconocer tempranamente señales de sufrimiento psíquico, brindar una primera escucha y facilitar la conexión con los recursos institucionales y sanitarios competentes. Se basa en la metodología “ver–escuchar–conectar” y no sustituye la evaluación, asistencia ni tratamiento que corresponde a los profesionales de la salud.

La ordenanza prevé la formación de Facilitadores del Cuidado, que deberán completar una capacitación específica, aprobar una evaluación práctica y participar de instancias de actualización y supervisión.

 Antes de su actuación, la autoridad de aplicación deberá aprobar un Protocolo Técnico elaborado junto a la autoridad sanitaria, que incluirá circuitos para situaciones urgentes y no urgentes, procedimientos ante casos que involucren a niñas, niños y adolescentes, reglas de confidencialidad y pautas de posvención.

Entre sus disposiciones, la norma establece que la autoridad de aplicación realizará al menos cuatro jornadas comunitarias por trimestre, una vez aprobado el protocolo, y mantendrá actualizado un mapa de recursos locales.

Se crea un Sistema de Monitoreo y Evaluación que registrará solo información estadística, agregada y disociada y un  “Índice de Red Viva”, que medirá el grado de implementación, la cobertura territorial y el fortalecimiento comunitario del programa.

El Ejecutivo municipal implementará la campaña “El Silencio no es Salud”, destinada a disminuir el estigma asociado a los padecimientos de salud mental y a difundir los recursos locales disponibles.

El proyecto reconoce como antecedente la propuesta “Redes que Cuidan”, elaborada por la Dra. Melisa Olivera, la Lic. Julieta Dimasi y la Dra. Lorena Roterg, estas dos últimas del área de Salud Mental del Hospital Dr. Ramón Carrillo.