El Gobierno provincial promueve acciones para difundir los derechos de consumidores y usuarios y fortalecer relaciones de consumo más justas y transparentes.
La Ley Provincial 2874 considera una práctica abusiva, contraria al trato digno, que una persona deba permanecer en una fila durante más de 30 minutos cuando la espera es de pie. En los establecimientos que disponen de asientos, sistema de turnos y sanitarios, el tiempo máximo permitido se extiende hasta los 90 minutos.
En caso de que el tiempo de espera supere los límites previstos por la ley, la persona consumidora puede dejar constancia de la situación en el Libro de Quejas, Sugerencias, Reclamos y Denuncias del establecimiento.
También puede presentar una denuncia ante la dirección provincial de Protección al Consumidor, acompañando la documentación o los elementos que permitan acreditar la demora, como el número de turno, un ticket u otros medios de prueba.
Si el comprobante no consigna el horario de emisión, se recomienda adjuntar una fotografía del reclamo registrado en el libro correspondiente.
La normativa alcanza a bancos, entidades financieras, empresas prestadoras de servicios, comercios y todos aquellos establecimientos donde exista una relación de consumo, con el objetivo de garantizar condiciones de atención respetuosas y prevenir situaciones que vulneren los derechos de consumidores y usuarios, en concordancia con el principio de trato digno establecido por la Ley Nacional de Defensa del Consumidor 24.240.
Para obtener más información o iniciar un trámite, consultar el sitio oficial de Protección al Consumidor: https://proteccionalconsumidor.neuquen.gob.ar/
