Se publicó el lunes 27 de abril de 2026 el decreto que reglamenta la Ley N° 3268, de ‘Concientización e Información sobre el Uso Responsable de las Tecnologías de la Información y la Comunicación’, sancionada por la Legislatura provincial en julio de 2025.
De acuerdo con el decreto reglamentario son diferenciados los límites en la restricción de uso; dispone para los niveles Inicial y Primario, la priorización del resguardo de la imagen de niños y niñas, atendiendo a la posibilidad de que si, un niño o niña llevara un dispositivo, este quede a resguardo de la institución para ser devuelto a la familia al cierre de la jornada escolar.
En el caso del nivel Primario, se propone cierta flexibilización para que los dispositivos puedan ser integrados en casos de proyectos debidamente planificados, los que deberán contar en paralelo con estrategias alternativas para quienes no dispongan de dispositivos.
En estos casos, la propuesta docente tendrá que contar con una autorización por escrito y formalizada con antelación al desarrollo de la actividad, que quedará supeditada al criterio del equipo directivo de cada institución. Paralelamente se deberá contar con el consentimiento familiar que podrá darse de manera genérica por el ciclo lectivo, o para cada propuesta puntual.
Para las escuelas secundarias, en tanto, se estableció que el uso pedagógico será habilitado por el o la docente a cargo de la actividad, por fuera de la cual los aparatos deberán “permanecer apagados, guardados y fuera de la vista y del alcance inmediato durante el horario de clases”. Para este nivel, la reglamentación hace fuerte hincapié en la construcción colectiva y democrática de los Acuerdos Escolares de Convivencia (AEC).
Info completa: https://www.neuqueninforma.gob.ar/…/256878-el-gobierno…
