
Por pedido del fiscal del caso Adrián De Lillo, un tribunal colegiado declaró penalmente responsable a S.B. por dos hechos de abuso sexual: el primero fue en 2022, cuando intentó besar y tocó en sus partes íntimas a una adolescente de su entorno cercano; y el segundo fue en agosto de 2024, cuando abusó sexualmente de la madre de su hijo.
El juicio se extendió durante tres jornadas y concluyó la semana pasada. Tras cumplirse el plazo legal de deliberación se dio a conocer la resolución.
La agresión sexual de mayor gravedad ocurrió el 14 de agosto de 2024, alrededor de las 18, en San Martín de los Andes. De acuerdo con la investigación del Ministerio Público Fiscal, el abuso se produjo en la vivienda del imputado, a donde la mujer llevó al hijo que ambos tienen en común. En ese marco, S.B mandó al niño a jugar en el exterior de la casa y luego hizo ingresar a la víctima, la llevó por la fuerza hacia una habitación y cometió el abuso sexual.
S.B también fue juzgado por un hecho previo, cometido en septiembre de 2022, cerca de la medianoche, en el exterior de su casa en San Martín de los Andes, cuando abusó sexualmente de una adolescente de su entorno cercano mediante tocamientos.
De Lillo y Sura probaron en el juicio que mientras la víctima subía unas escaleras, el condenado la tomó por sorpresa e intentó besarla en dos oportunidades. La joven se resistió y le advirtió que estaba haciendo “las cosas mal”. La respuesta de S.B fue pedir disculpas y abrazarla, momento en el que, nuevamente de manera intempestiva, intentó besarla y la tocó sin su consentimiento, por lo que la adolescente escapó corriendo.
El tribunal, integrado por la jueza Leticia Lorenzo y los jueces Maximiliano Bagnat y Juan Pablo Balderrama, coincidió con las acusaciones presentadas y declararon la responsabilidad penal de S.B por los delitos de abuso sexual con acceso carnal y abuso sexual simple ambos en calidad de autor.
El próximo paso será la realización de una audiencia de cesura, en la que las partes presentarán sus pedidos de pena antes de que se defina la condena. Además, el condenado será inscripto en el Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos Contra la Integridad Sexual (RiPeCoDIS).