El conflicto por el camping del lago Correntoso parece no tener fin. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Neuquén declaró días atrás inadmisibles los recursos extraordinarios presentados por la comunidad mapuche Paichil Antriao en el marco del juicio iniciado por la Municipalidad de Villa La Angostura por la propiedad y ejecución de la sentencia de desalojo.
En este complejo contexto, el sábado 21 de febrero de 2026 la municipalidad realizó en la zona de la playa pública del Lago Correntoso actuaciones de control para verificar el cumplimiento de las clausuras que habían realizado en la jornada del viernes.

Durante el control, inspectores lograron constar que las fajas de clausura no se encontraban colocadas en los locales oportunamente clausurados, y que se estarían desarrollando actividades comerciales sin la correspondiente habilitación.
De esta forma, las autoridades procedieron a labrar actas de infracción por actividad comercial sin habilitación, labrar actas por violación de clausura, disponer la nueva clausura de los puestos involucrados y clausurar los fogones ubicados en el sector intervenido.
El objetivo de esta medida es priorizar el orden en el uso del espacio público y la seguridad de residentes y turistas, ya que esta playa es uno de los puntos visitados de la ciudad, por lo que las autoridades remarcaron la importancia de preservar su funcionamiento dentro del marco regulatorio vigente.

