El Concejo Deliberante aprobó una modificación a la ordenanza que regula la actividad de taxis y remises en el ejido municipal y refuerza las sanciones para quienes presten servicios de transporte de personas sin contar con la licencia comercial y la habilitación municipal correspondientes.
Establece la prohibición expresa de operar sin habilitación en todas las modalidades de transporte: taxi, radiotaxi, remise, taxiflet, transporte escolar, excursión, auto rural, transporte privado de personas o contratado mediante plataformas o aplicaciones tecnológicas.
Entre las sanciones, dispone el secuestro inmediato del vehículo y multas que van de 5.000 a 25.000 puntos para el conductor, además de la inhabilitación para conducir por 180 días hábiles en caso de reincidencia. Si el conductor no fuera el titular registral, este último también será sancionado y el rodado permanecerá secuestrado hasta la cancelación total de la multa.
Asimismo, se penaliza la oferta o publicidad de servicios de transporte no habilitados, con multas que oscilan entre 10.000 y 50.000 puntos, aplicables a quienes promocionen traslados sin contar con autorización municipal.
La modificación responde a un pedido conjunto de la Asociación de Taxis de San Martín de los Andes y de Taxistas Autoconvocados, con el objetivo de proteger a los trabajadores habilitados frente a la competencia desleal de servicios informales o contratados mediante redes sociales y plataformas no registradas.
La modificación a la Ordenanza N° 4166/01 se aprobó por mayoría con los votos negativos de las concejales Sol Petagna y Marcela Valenzuela.
